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Pesquisa de Hipotiroidismo Congénito y Fenilcetonuria
En agosto de 1985 F.E.I. armó
y comenzó a ofrecer un programa orientado a prevenir
la discapacidad mental. La finalidad del mismo es poder detectar
en los recién nacidos el Hipotiroidismo congénito
y/o la Fenilcetonuria, enfermedades ambas que no presentan
síntomas clínicos en el recién nacido,
que se pueda sospechar la enfermedad, ya que sólo el
5% de los hipotiroideos congénitos presenta algún
signo de alarma.
Esta pesquisa que se hace rutinariamente en todos los países
desarrollados, tiene como objetivo evitar el daño cerebral
y consiguiente retardo mental que estas dos enfermedades provocan,
cuando no son detectadas y tratadas precozmente, por lo que
han sido incorporadas definitivamente a la medicina preventiva
de igual manera que las vacunaciones.
Los análisis para detectar estas enfermedades se practican
en unas gotas de sangre que se extraen del talón del
niño recién nacido, después de las 24hs
de vida y antes del 7mo día, las mismas son colocadas
en un papel de filtro especial, donde se adjuntan los datos
del bebe. Esta tarjeta se puede enviar por correo, entregar
personalmente, o en muchos casos la Institución donde
nace el niño se encarga de la extracción y el
traslado de las muestras, para asegurarse que el estudio se
efectúe en forma inmediata.
En otros casos
F.E.I.,
se ocupa de ir a las diferentes maternidades
a retirar las tarjetas con las muestras de sangre y a entregar
los resultados de la semana anterior.
No existen estadísticas nacionales sobre la cantidad
de niños afectados. Si se cuenta con un promedio internacional,
tomado de los países que realizan esta pesquisa a todos
sus recién nacidos alcanzando una cobertura del 99%.
De este modo se obtuvo una frecuencia de hipotiroidismo congénito
de aproximadamente 1 en 3.000 recién nacidos
y la fenilcetonuria de 1 en 10.000.
Gracias a haber implementado este sistema con mucho esfuerzo,
es que en estos años han accedido a este Programa y
se han detectado 400 recién nacidos con hipotiroidismo
congénito y 74 con Fenilcetonuria, quienes realizando
el tratamiento adecuado se desarrollan normalmente, y se incorporarán
a la sociedad igual que cualquier otro individuo, como consecuencia
de haber sido diagnosticados y tratados en forma precoz.
En nuestro país, dos leyes nacionales
han sido sancionadas (23.413
y 23.874) en octubre de 1990, y en agosto de 1994 se concretó
la reglamentación para el Hipotiroidismo congénito
y la Fenilcetonuria,
como prácticas obligatorias en el recién nacido.
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